Jurídicos Valles

Política de Confidencialidad

Reserva institucional, protección de información y deber reforzado de sigilo

Responsable legal: MANUEL ARIOSTO FLORES AYALA Última actualización: Octubre de 2025

I. Objeto

La presente Política de Confidencialidad establece los principios, estándares internos y reglas de reserva aplicables a la información que JURÍDICOS VALLES S.A.S. DE C.V. recibe, genera, almacena, consulta, procesa o comunica en el desarrollo de sus actividades profesionales, administrativas, digitales y corporativas.

Su finalidad es proteger la información de clientes, prospectos, proveedores, colaboradores, aliados, expedientes, estrategias jurídicas, materiales documentales, comunicaciones institucionales, bases de datos y activos intangibles vinculados con la operación de la firma.

II. Alcance de la confidencialidad

Se considera información confidencial toda aquella que no sea pública y que, por su contenido, contexto, naturaleza o uso, requiera reserva razonable. Esto incluye, de manera enunciativa:

III. Sujetos obligados

La obligación de confidencialidad alcanza a directivos, personal administrativo, colaboradores internos o externos, prestadores de servicios, encargados, proveedores tecnológicos y cualquier persona que, por razón de su vínculo con la firma, tenga acceso legítimo o accidental a información reservada.

Dicho deber subsiste aun después de terminada la relación profesional, contractual, laboral, colaborativa o comercial correspondiente.

IV. Principios de tratamiento confidencial

La empresa adopta como ejes rectores la necesidad de acceso, mínima exposición, proporcionalidad, trazabilidad, compartimentación, resguardo técnico, buena fe profesional y control institucional. La información sólo será utilizada para finalidades lícitas, determinadas y vinculadas con la prestación de servicios o la operación legítima de la firma.

V. Prohibiciones expresas

Queda estrictamente prohibido revelar, transferir, copiar, fotografiar, descargar, reenviar, imprimir, comentar o reutilizar información confidencial fuera de los supuestos autorizados por la empresa o por obligación legal suficiente.

También se prohíbe el uso de información confidencial con fines personales, competitivos, comerciales, reputacionales, extorsivos, académicos, publicitarios o de cualquier naturaleza distinta a la permitida.

VI. Comunicación controlada

La información sólo podrá compartirse con autorización interna suficiente, bajo criterios de necesidad y por medios adecuados. Cuando la participación de terceros sea indispensable, la empresa procurará sujetarlos a obligaciones equivalentes de reserva y protección.

En ningún caso se entenderá permitida la difusión abierta de información sensible por redes sociales, mensajería informal, dispositivos no autorizados, cuentas personales o entornos sin controles mínimos de seguridad.

VII. Protección digital y documental

La empresa implementa medidas administrativas, físicas y técnicas razonables para la protección de la información, incluyendo controles de acceso, segmentación por roles, uso restringido de credenciales, respaldo controlado, revisión de permisos, mecanismos de resguardo documental y criterios de eliminación segura.

Sin perjuicio de ello, toda persona con acceso a información reservada tiene deber activo de cuidado, por lo que la seguridad institucional no se limita a medios tecnológicos sino también a conducta diligente.

VIII. Excepciones legales

La confidencialidad podrá ceder únicamente cuando exista mandato expreso de autoridad competente, obligación legal ineludible, necesidad de defensa jurídica de la empresa, prevención de fraude o supuesto legal suficientemente justificado. En tales casos, la revelación deberá limitarse a lo estrictamente necesario.

IX. Uso institucional de testimonios e imagen

La empresa podrá utilizar referencias generales, testimonios o materiales institucionales únicamente cuando cuente con base suficiente para ello y sin vulnerar la reserva profesional, la privacidad del titular ni la integridad del asunto. La ausencia de identificación directa no elimina por sí sola el deber de prudencia.

X. Incumplimientos

La vulneración de esta Política podrá dar lugar, según corresponda, a suspensión de acceso, terminación de relación contractual, responsabilidad civil, reclamación de daños y perjuicios, medidas cautelares, denuncias o acciones legales procedentes.

XI. Vigencia y actualización

Esta Política permanecerá vigente mientras subsista la operación institucional y podrá ser actualizada para reforzar sus estándares internos, atender cambios normativos, tecnológicos o de riesgo, o mejorar sus mecanismos de protección.

JURÍDICOS VALLES S.A.S. DE C.V.

Representante legal único: MANUEL ARIOSTO FLORES AYALA

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